El tribunal de la Unión Europea obliga a devolver el céntimo sanitario. De todos modos a Hacienda y al ministro Montoro le ha salido bien la jugada de los 13.000 millones que ha recaudado se calcula que el 80% lo han pagado conductores privados que no tendrán formas de justificar los pagos para reclamar lo que deja con unos 2.600 millones de los cuales se cree que se reclamarán efectivamente unos 1.390 millones de euros entre la merma por empresas desaparecidas, las que no hayan guardado los justificantes o no reclamen. A Montoro y Hacienda le habrán salido los otros 12.000 millones gratis. La resolución del Tribunal de Luxemburgo establece que no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, considerando que el Gobierno no ha obrado de buena fe al mantener este impuesto durante más de diez años. el sector de transporte ha acogido con gran satisfacción la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que declara ilegal el “céntimo sanitario” (IVMDH), desde su instauración en 2002. El sector ha sido muy crítico con este gravamen porque ni era un céntimo, ni era sanitario, sino que correspondía aún simple y puro ánimo recaudatorio como viene a reconocer la propia sentencia. Durante estos más de diez años que ha estado en vigor este impuesto (2002-2012) se estima que se han recaudado de forma irregular más de 13.000 millones de euros en total, de los cuales, aproximadamente 5.000 millones de euros corresponden al sector del transporte por carretera. Ahora, hay que analizar de forma detallada si los efectos temporales de la decisión serán ilimitados, es decir, desde el 2002, como reconoce la propia sentencia, o si por el contrario se limitan a los ejercicios no prescritos, es decir, 5 años atrás, desde el 2009, siempre y cuando no se hubieran reclamado previamente pues en ese caso se habría interrumpido la prescripción. La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), planteó formalmente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que el fallo que adoptase sobre la posible ilegalidad del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Hidrocarburos (coloquialmente denominado “céntimo sanitario”) no contemplara ninguna limitación temporal que impidiera la devolución del impuesto indebidamente recaudado en los últimos años. Finalmente, en la Sentencia sobre esta cuestión que esta misma mañana ha adoptado el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, se confirma plenamente el criterio mantenido por FENADISMER relativo a la ilegalidad del I.V.M.D.H. (céntimo sanitario) y a la no limitación temporal de los efectos de la sentencia, ante la actuación deliberada del Estado español al haber mantenido durante más de 10 años la vigencia de dicho impuesto contrario al Derecho comunitario. Según estimaciones, las cifras totales a reclamar correspondientes a los últimos 5 años por cada vehículo de transporte pueden alcanzar los 16.000 euros en el caso de un camión y de 6.000 euros en el caso de una furgoneta, lo que supondría una devolución total al sector del transporte por carretera en torno a 2.300 millones de euros.
El tribunal de la Unión Europea obliga a devolver el céntimo sanitario.
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